INFORMACIÓN SOBRE EL COVID19
#nosotrxslescuidamos
Navarra. Orden de 10 de diciembre de 2020
10 diciembre 2020
Normativa de Referencia:
ORDEN FORAL 58/2020, de 4 de noviembre, de la Consejera de Salud, por la que se prorroga y se modifica parcialmente la Orden Foral 57/2020, de 21 de octubre, de la Consejera de Salud, por la que se adoptaron medidas específicas de prevención, de carácter extraordinario, para la Comunidad Foral de Navarra, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19.
DECRETO FORAL 24/2020, de 27 de octubre la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra por el que se establecen en la Comunidad Foral de Navarra las medidas preventivas para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
REAL DECRETO 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
DECRETO-LEY FORAL 8/2020, de 17 de agosto, por el que se aprueban en la Comunidad Foral de Navarra medidas extraordinarias para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19.
Salidas:
Se permiten las salidas que tengan como finalidad las consultas médicas o afines, la realización de trámites administrativos, actividades laborales o de índole similar. Igualmente, se posibilitan las salidas en aquellas situaciones de necesidad como el acompañamiento a familiares o allegados en el final de vida de los mismos.
En las residencias de mayores que cuenten con “espacios seguros”, las personas residentes podrán salir a pasear a estos espacios, solas o acompañadas por personal del centro, y en los horarios en los que dichos espacios estén habilitados como tales.
Visitas:
Las visitas están permitidas, pero limitadas a una persona por residente una vez a la semana, con cita previa, extremando las medidas de prevención, y con una duración máxima de media hora. Además, el centro se ocupará de escalonar las visitas a los residentes a lo largo del día, para evitar aglomeraciones.
Estas medidas se podrán exceptuar en el caso de personas que se encuentren en proceso del final de la vida.
Pruebas PCR e Ingresos:
De acuerdo con la resolución, se realizarán pruebas PCR a todos los nuevos ingresos con 72 horas de antelación como máximo. Asimismo, también se realizarán PCR a todas las personas trabajadoras que regresen de permisos y vacaciones por períodos superiores a 14 días, y a nuevas personas trabajadoras que se incorporen.
Asimismo, se recomienda realizar cribados de pruebas PCR en grupos vulnerables, entre los que se encuentran los residentes de los centros de mayores.
Por otro lado, se permiten las estancias temporales y los ingresos por respiro familiar, aplicando los criterios determinados por el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, en lo referente a medidas de seguimiento en nuevos ingresos. Asimismo, se permiten los ingresos por traslados de personas procedentes de otros centros residenciales.
Más información en: https://gobiernoabierto.navarra.es/es/coronavirus