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Galicia. Orden de 17 de septiembre de 2020
29 septiembre 2020
Normativa de Referencia:
Resolución Conjunta de la Consejería de Sanidad y de la Consejería de Política Social de 17 de septiembre de 2020 por la que se aprueban las medidas específicas que deberán adoptarse en los centros residenciales socio-sanitarios en relación con el régimen de visitas, salidas y otros aspectos organizativos, y las medidas específicas para los centros de atención diurna, en el contexto de la situación epidemiológica relacionada con la infección ocasionada por el virus SARS-COV-2 (COVID-19).
ORDEN de 15 de agosto de 2020 por la que se modifican determinadas medidas previstas en el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 12 de junio de 2020, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Protocolo conjunto de la Consejería de Sanidad y la Consejería de Política Social para establecer las medidas específicas que deberán adoptarse en los centros sociosanitarios, teniendo en cuenta lo indicado al respecto en la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder a la situación especial derivada del incremento de casos positivos por COVID-19 del 14 de agosto de 2020.
Salidas:
Se limitan al máximo las salidas de los residentes fuera del recinto residencial. Esta limitación se aplica a todo salidas de carácter social, familiar o por vacaciones.
Los residentes no infectados podrán acudir a sus visitas médicas y hospitalarias acompañados de un familiar de referencia o del personal asistencial de los centros, siempre llevando mascarilla y respetando las medidas de seguridad y distancia social. No es necesario su aislamiento a la vuelta de una cita médica.
Si el centro residencial no cuenta con jardines o espacios al aire libre, se permitirán las salidas para pasear en un radio de 1 km alrededor del centro.
Se evitará el aislamiento de los residentes después de una salida siempre y cuando no presenten síntomas compatibles con la COVID-19. El aislamiento solo se realizará cuando el residente esté pendiente de la toma o del resultado de una PCR.
Visitas:
La visitas se limitan a una persona por residente, extremando las medidas de prevención, y con una duración máxima de una hora al día, excepto para las personas que se encuentren en el proceso final de vida. Se facilitará el contacto diario con familiares y amigos mediante llamadas, videollamadas y videoconferencias; los medios tecnológicos necesarios serán puestos por los centros.
Para evitar aglomeraciones, las visitas deberán realizarse con cita previa, aportando el día, la hora y el nombre de la persona visitante. Además, se elaborará una lista de personas de referencia para cada residente, que deberán estar exentas de cualquier síntoma compatible con la COVID-19. Por razones organizativas, los visitantes deberán acudir al centro con 15 minutos de antelación.
Siempre que sea posible, las visitas tendrán lugar en un espacio abierto ajardinado. También se habilitará una sala específica para visitas, que deberá estar situada cerca de la entrada, correctamente ventilada y dotada de dispensadores de solución hidroalcohólica. Se establecerán circuitos de entrada y salida para evitar el contacto con otros residentes. Solamente se realizarán visitas en las habitaciones a los residentes encamados o en situación de final de vida.
Pruebas PCR e Ingresos:
En las residencias donde exista un foco de infección por COVID-19, se tratará de evitar el aislamiento de los residentes en las habitaciones, salvo en los casos en los que hayan tenido contactos estrechos con las personas infectadas, a los que se les realizará una PCR en el día 10 desde el último contacto. Si la PCR es negativa, los residentes podrán volver a interactuar con las 10 personas de su grupo de convivencia estable.
Todos los nuevos residentes que ingresen en la residencia tendrán que haberse realizado la prueba PCR en las últimas 72 horas. En cuanto a los trabajadores del centro, tendrán que realizarse la prueba si son nuevos trabajadores o tras periodos vacacionales superiores a 7 días, y siempre 72 horas antes del ingreso en el centro.
Más información en: https://coronavirus.sergas.gal/