INFORMACIÓN SOBRE EL COVID19

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Extremadura. Orden de 17 de agosto de 2020

11 septiembre 2020

Resolución de 17 de agosto de 2020, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se establecen medidas de salud pública aplicables en Extremadura en ejecución de lo dispuesto en la Orden Comunicada del Ministro de Sanidad, de 14 de agosto de 2020, mediante la que se aprueba la Declaración de Actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19.

Salidas:
Limitar al máximo las salidas de los residentes en centros socio-sanitarios.

Visitas:
Limitar las visitas a una persona por residente, extremando las medidas de prevención, y con una duración máxima de una hora al día. Se garantizará el escalonamiento de las visitas a los residentes a lo largo del día. Estas medidas se podrán exceptuar en el caso de personas que se encuentren en proceso del final de la vida.

Pruebas PCR e Ingresos:
Realizar pruebas PCR a todos los nuevos ingresos en los centros socio-sanitarios de carácter residencial (residencias de mayores y de personas con discapacidad) con 72 horas de antelación como máximo. También se realizará a los empleados/as que regresen de permisos y vacaciones, y a los nuevos trabajadores/as que se incorporen.

Más información en: http://www.juntaex.es/ddgg004/informacion-covid19