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Comunidad Valenciana. Orden de 17 de agosto de 2020

11 septiembre 2020

Resolución del 17 de agosto de 2020 de la Vicepresidencia y Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas sobre el plan de actuación en las residencias de personas mayores dependientes, los centros de día, las viviendas tuteladas y los CEAM-CIM de la Comunitat Valenciana.

Salidas:
La resolución establece, entre otras cuestiones, que las residencias o viviendas libres de COVID deberán elaborar un protocolo sobre las salidas, en el que éstas se limitarán atendiendo a las circunstancias personales de cada persona residente y a la situación de la pandemia. Las salidas, que siempre deberán contar con una autorización por parte del centro, serán sin pernoctación y en ellas las personas residentes deberán ir acompañadas o bien de un profesional del centro o familiar o persona allegada, que será la encargada de firmar una declaración responsable, comprometiéndose a adoptar todas las medidas preventivas.

Los periodos de vacaciones no podrán ser superiores a los 7 días, y tendrán que solicitarlo con antelación y firmar ellas o sus representantes legales, según el caso, el protocolo de salidas vacacionales de la Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas que a tal efecto le facilitará la dirección del centro.

Visitas:
La resolución establece que se permitirán las visitas, siempre con cita previa, y de una duración máxima de una hora, de un familiar o persona tutora o próxima por persona residente. Estas visitas se regularán teniendo en cuenta el número de persona residentes en la residencia o vivienda, para evitar aglomeraciones. Las visitas se harán, preferiblemente, en espacios al aire libre y en todos los casos cumpliendo las normas de seguridad e higiene.

La resolución garantiza de forma excepcional las visitas en caso de fuerza mayor que estarán justificadas al objeto de garantizar un proceso final de la vida digno a las personas mayores y contribuir al desarrollo de un duelo menos traumático para su entorno. En estos casos podrán acceder familiares o personas allegadas limitándose a una persona por turno. Estas visitas en caso de fuerza mayor también serán de aplicación para aliviar la descompensación neurodegenerativa de la persona residente cuando así lo considere el equipo técnico profesional del centro.

Pruebas PCR e Ingresos:
Los centros, por su parte, deberán garantizar el cumplimiento de las medidas establecidas por las autoridades sanitarias, incluida la realización de pruebas a las personas trabajadoras que se incorporen al puesto de trabajo por primera vez o lo hagan después de vacaciones o permisos, así como a las personas residentes que ingresen por primera vez o después de un periodo de vacaciones.

En el caso de estas últimas, los nuevos ingresos o los reingresos deberán ir acompañados por la realización de una prueba PCR durante las 72 horas previas, que deberá ser negativa, y una vez acceda al centro deberá realizar un aislamiento preventivo durante 14 días. Si se realiza una PCR a los 10 días y ésta da negativa de nuevo se podrá levantar el aislamiento.

Más información en: http://coronavirus.san.gva.es/es/estadisticas