INFORMACIÓN SOBRE EL COVID19
#nosotrxslescuidamos
Cataluña. Orden 27 de junio de 2020
11 septiembre 2020
Documento «Represa de la normalitat en l’àmbit residencial» de la Consejería de Salud de la Generalitat, de 27 de junio.
Decret 63/2020, de 18 de juny, de la nova governança de l’emergència sanitària provocada per la COVID-19 i d’inici de l’etapa de la represa al territori de Catalunya.
Resolució SLT/1429/2020 de 18 de junio sobre la entrada en la fase de «nueva normalidad»
Pla sectorial gestió de la infecció pel coronavirus SARS-CoV-2 en l’àmbit residencial, de 18 de agosto.
Salidas:
La resolución permite las salidas de los residentes siempre y cuando se trate de pacientes autónomos, tengan el consentimiento de la Dirección y fuera una actividad que habitualmente realizaba el residente. Antes de realizar las salidas, el residente o sus familiares deberán firmar de un documento de declaración responsable. Además, se recomienda no coger ningún transporte público.
A la vuelta a la residencia, hay que evitar el contacto del residente con ningún otro usuario hasta que no se lleven a cabo las medidas de desinfección del calzado, silla de ruedas o andadores; el lavado de manos; y el cambio de ropa que se lavará a 60º.
Además, para la recogida del residente y la vuelta al centro, se evitará la entrada del familiar en el centro y se utilizarán los espacios destinados a visitas para hacer la recepción del residente en el centro.
Visitas:
Las visitas están permitidas, pero sólo a las residencias clasificadas como verdes, a las residencias clasificadas como naranjas se permitirán las visitas a los residentes sin patología Covid-19 y en las zonas habilitadas como verdes y se deniegan las visitas a los centros que aún no muestren un control adecuado de la infección, hasta su estabilización, según criterios de Salud Pública (clasificadas como rojas). En estos casos se autorizarán las vistas de familiares cuando el soporte y el proceso de atención a las personas lo aconsejen y, especialmente, en situación de final de vida.
Pruebas PCR e Ingresos:
Toda persona que tenga que ingresar en una residencia en Cataluña debe disponer de una PCR negativa realizada en un plazo inferior a las 24-48 h los días previos, preferiblemente nunca más de 5 días antes.
La familia deberá firmar una declaración que asegure que no ha estado en contacto estrecho con ningún caso sospechoso, probable o confirmado de Covid-19 en los últimos 10 días.
La familia también se compromete a avisar a la residencia en caso de que en los días posteriores al ingreso alguna persona conviviente con el residente sea diagnosticada de Covid-19. En función de ello, la residencia informará al equipo de atención primaria y el referente de Salud Pública para determinar el riesgo y si son necesarias medidas adicionales.
El centro, por su parte, realizará un informe habitual de ingreso en la residencia, que incluya información clínica y epidemiológica del residente.
Otro requisito es que las personas que ingresen permanezcan en aislamiento durante 10 días, en zona amarilla, mientras que las personas que ya han superado la enfermedad han cumplido el período de aislamiento en otro centro sanitario o residencial y han recibido el alta médica pueden ingresar en zona verde si disponen de PCR negativa o anticuerpos IgG. Es decir, aquellos ingresos que proceden de ingresos hospitalarios, sociosanitarios u otros recursos residenciales donde han estado en aislamiento preventivo pueden ingresar directamente en zona verde.
Más información en: https://aquas.gencat.cat/ca/actualitat/ultimes-dades-coronavirus