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Cataluña. Orden 17 de septiembre de 2020

18 septiembre 2020

Normativa de Referencia:

• Pla sectorial gestió de la infecció pel coronavirus SARS-CoV-2 en l’àmbit residencial, de 17 de septiembre.

• Documento «Represa de la normalitat en l’àmbit residencial» de la Consejería de Salud de la Generalitat, de 27 de junio.

• Decret 63/2020, de 18 de juny, de la nova governança de l’emergència sanitària provocada per la COVID-19 i d’inici de l’etapa de la represa al territori de Catalunya.

• Resolució SLT/1429/2020 de 18 de junio sobre la entrada en la fase de «nueva normalidad»

• Pla sectorial gestió de la infecció pel coronavirus SARS-CoV-2 en l’àmbit residencial, de 18 de agosto.

Salidas:

El nuevo plan sectorial considera la flexibilización de las salidas para pasear o para visitar familiares un elemento esencial para la recuperación de los vínculos sociales y afectivos de los residentes. Las salidas quedan desvinculadas de la EPG de la AGA (Área de Gestión Asistencial) o municipio (grandes ciudades) donde se encuentra la residencia.

En las zonas verdes, se permiten las salidas de corta duración de los residentes siempre y cuando tengan capacidad para aplicar con criterio las medidas de protección establecidas (uso de mascarilla, higiene correcta de manos, reducción al mínimo de los contactos social, ventilación adecuada de los espacios y detección precoz de cualquier sintomatología compatible con COVID-19). La dirección del centro, junto con el residente y con la familia o cuidador, valorará si el residente puede salir solo o si es mejor que vaya acompañado.

Antes de realizar las salidas, el residente o sus familiares deberán firmar de un documento de declaración responsable. Además, se recomienda no coger ningún transporte público.
A la vuelta a la residencia, hay que evitar el contacto del residente con cualquier otro usuario hasta que no se lleven a cabo las medidas de desinfección del calzado, silla de ruedas o andadores; el lavado de manos; y el cambio de ropa que se lavará a 60º.

Además, para la recogida del residente y la vuelta al centro, se evitará la entrada del familiar en el centro y se utilizarán los espacios destinados a visitas para hacer la recepción del residente en el centro.

Preferiblemente, las personas que realicen salidas al exterior constituirán unidades de convivencia estables.

Las salidas de más de un día de duración (como fines de semana, vacaciones, otros) se podrán hacer independientemente de la EPG de la AGA o municipio (grandes ciudades) donde se encuentra la residencia, siempre que se puedan garantizar las medidas de protección por parte de los residentes y de sus acompañantes. Se recomienda evitar aquellas actividades en las que se comparta material o que pongan en peligro el mantenimiento de la distancia de seguridad.

En caso de salidas superiores a 3 semanas, se hará una PCR a la vuelta del residente y se establecerá una cuarentena preventiva en zona amarilla durante los 14 días posteriores al regreso. La dirección de la residencia debe planificar la llegada de los residentes de una forma escalonada, controlada y pactada con las familias y cuidadores, para poder hacer una supervisión cuidadosa de los reingresos.

Las salidas no están permitidas en las zonas clasificadas como amarillas y rojas, salvo para visitas presenciales a centros sanitarios que sean imprescindibles y no se puedan aplazar.

Visitas:

La posibilidad de recibir visitas queda desvinculada de la EPG de AGA (Área de Gestión Asistencial) o municipio (grandes ciudades) donde se encuentra la residencia.

Las visitas están permitidas, pero sólo a las residencias clasificadas como verdes, a las residencias clasificadas como naranjas se permitirán las visitas a los residentes sin patología Covid-19 y en las zonas habilitadas como verdes y se deniegan las visitas a los centros que aún no muestren un control adecuado de la infección, hasta su estabilización, según criterios de Salud Pública (clasificadas como rojas). En estos casos se autorizarán las vistas de familiares cuando el soporte y el proceso de atención a las personas lo aconsejen y, especialmente, en situación de final de vida.

Pruebas PCR e Ingresos:

La posibilidad de hacer ingresos queda desvinculada de la EPG de la AGA (Área de Gestión Asistencial) o municipio (grandes ciudades) donde se encuentra la residencia.

Toda persona que tenga que ingresar en una residencia en Cataluña debe disponer de una PCR negativa realizada en un plazo inferior a las 24-48 h los días previos, preferiblemente nunca más de 5 días antes.

La familia deberá firmar una declaración que asegure que no ha estado en contacto estrecho con ningún caso sospechoso, probable o confirmado de Covid-19 en los últimos 10 días. La familia también se compromete a avisar a la residencia en caso de que en los días posteriores al ingreso alguna persona conviviente con el residente sea diagnosticada de Covid-19. En función de ello, la residencia informará al equipo de atención primaria y el referente de Salud Pública para determinar el riesgo y si son necesarias medidas adicionales.

El centro, por su parte, realizará un informe habitual de ingreso en la residencia, que incluya información clínica y epidemiológica del residente.

Otro requisito es que las personas que ingresen permanezcan en aislamiento durante 10 días, en zona amarilla, mientras que las personas que ya han superado la enfermedad han cumplido el período de aislamiento en otro centro sanitario o residencial y han recibido el alta médica pueden ingresar en zona verde si disponen de PCR negativa o anticuerpos IgG. Es decir, aquellos ingresos que proceden de ingresos hospitalarios, sociosanitarios u otros recursos residenciales donde han estado en aislamiento preventivo pueden ingresar directamente en zona verde.

INFOGRAFÍA

Salidas: 

 

 

Visitas:

 

Pruebas PCR e ingresos: 

Más información en: https://aquas.gencat.cat/ca/actualitat/ultimes-dades-coronavirus