INFORMACIÓN SOBRE EL COVID19
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Castilla y León. Orden de 15 de agosto de 2020
11 septiembre 2020
ACUERDO 43/2020 de 15 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se da publicidad, para general conocimiento y por ser de obligado cumplimiento, a la Orden comunicada del Ministro de Sanidad, de 14 de agosto de 2020, mediante la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19.
Guía de Actuaciones en las Residencias y Centros de Día Públicos y Privados de Personas Mayores y Personas con Discapacidad de Castilla y León.
Salidas:
En aquellos municipios o territorios superiores al municipio en los que no exista una situación de brote activo del COVID-19, se permitirán las salidas al exterior de las personas residentes negativas en COVID-19 y sin sospecha de contagio, que residan en centros de servicios sociales libres de COVID activo. Estas salidas al exterior estarán limitadas a un máximo de dos salidas por residente y semana.
Los usuarios que lo precisen saldrán del centro acompañados de un familiar, amigo, voluntario o profesional del propio centro. En todo caso, tanto usuarios como acompañantes deberán encontrarse libres de síntomas compatibles con infección. Cuando este acompañamiento sea realizado por familiar, allegado, voluntario o persona ajena al centro, deberá cumplimentar y firmar una declaración responsable sobre su situación en relación al COVID-19. Cuando la salida del residente no precise acompañamiento por ser la persona autónoma deberá firmar la declaración responsable él mismo.
En aquellos municipios o territorios superiores al municipio en los que se declare alguna situación de brote del COVID-19, se suprimirán las salidas de los centros residenciales de personas mayores, en tanto en cuanto dure esta situación, conforme así lo determine Sanidad o la Delegación Territorial.
Visitas:
En todos los centros residenciales de servicios sociales quedan limitadas las visitas a una persona por residente, extremando las medidas de prevención, y con una duración máxima de una hora al día. Debe quedar garantizado el escalonamiento de visitas a los residentes a lo largo del día.
En todo caso, sólo se permitirán visitas a las personas residentes, negativas en covid19 y sin sospecha de contagio, y que residan en centros libres de covid19 activo. Estas visitas podrán realizarse, tanto en los espacios exteriores del centro, si cuenta con ellos, como en los espacios interiores, coincidentes o no, pero siempre acomodadas a la capacidad organizativa y estructural del centro, al objeto de poder dar cumplimiento al mantenimiento de todas las medidas de higiene y prevención necesarias y al distanciamiento de seguridad de usuarios y familiares. La visita con el centro residencial deberá ser concertada de forma previa.
Las visitas a los usuarios de los centros residenciales que se realicen por razones excepcionales, tales como el final de la vida o el alivio de descompensación neurocognitiva del residente, podrán realizarse aunque el centro tenga casos de covid19. Se limitará a una persona acompañante al residente en esta fase terminal, previa firma del consentimiento informado sobre los riesgos de contagio de COVID-19.
La sospecha o detección de un brote en un centro residencial conducirá de forma automática al cierre del centro a visitas en tanto el brote no se considere epidemiológicamente controlado por parte de la autoridad competente.
Pruebas PCR e Ingresos:
Realizar pruebas PCR a todos los nuevos ingresos en los centros sociosanitarios de carácter residencial (residencias de mayores y de personas con discapacidad) con 72 horas de antelación como máximo.
Si el resultado del test al ingreso fuera positivo, solo se podrá producir el nuevo ingreso en aquellos centros que cuenten con sectorización y con plazas vacantes en la zona COVID con instalaciones y con personal habilitados para tal fin.
También se realizará PCR a los empleados/as que regresen de permisos y vacaciones, y a los nuevos trabajadores/as que se incorporen. Realizar periódicamente pruebas PCR a los trabajadores de centros sociosanitarios que estén en contacto directo con residentes.
Más información en: https://analisis.datosabiertos.jcyl.es/pages/coronavirus/