INFORMACIÓN SOBRE EL COVID19

#nosotrxslescuidamos

Andalucía. Orden de 1 de marzo de 2022

7 marzo 2022

Normativa de Referencia:

Protocolo de medidas sanitarias y preventivas de salud pública en los centros sociosanitarios, otros centros y servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19). Más información.

La Junta de Andalucía puso fin a las restricciones en las visitas y salidas en centros residenciales, que se “facilitarán” y “se efectuarán según el reglamento del régimen interior del centro anterior a la pandemia, sin menoscabo de las medidas establecidas para la población general en materia de movilidad y las establecidas en la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19 vigente en cada momento”.

Visitas
Se permite la realización de visitas en las habitaciones de los residentes, aunque con “las medidas de protección complementarias necesarias, en función de la situación clínica de cada persona”.

En situaciones de malestar emocional, deterioro cognitivo o de acompañamiento en la fase terminal de últimos días, se permitirá el contacto físico y se usará el material de protección adicional que se considere adecuado en función de las características particulares de cada residente.

Salidas
Siempre que sea posible, las salidas en grupos se realizarán en grupos pequeños estables de convivencia y, preferiblemente, estarán orientadas a realizar actividades al aire libre. Se recomienda evitar las aglomeraciones y limitar el número de contactos sociales.

Se recomienda que el familiar no acuda a la visita o la salida si tiene sospecha o algún síntoma compatible de COVID-19 y si ha estado en contacto estrecho con un caso positivo. También se pide que informe a la dirección del centro si presenta síntomas compatibles con la enfermedad en las 48 horas posteriores a la visita o salida. Al respecto, existirá un registro de entradas y salidas en cada centro sociosanitario.

De forma excepcional, en situación de alta transmisión comunitaria, como medida específica de evaluación del riesgo y de prevención, especialmente en el caso de brotes activos en centros donde no se puedan aplicar medidas de sectorización o estas sean complejas, se podrán establecer restricciones a las salidas o las visitas, exclusivamente a propuesta del Servicio de Epidemiología y de la Inspección de Servicios Sanitarios, en coordinación con la enfermera gestora de casos referente del centro residencial, tras la valoración de la situación. Dicha medida será comunicada al centro residencial una vez ratificada judicialmente.

Mascarillas
Los visitantes externos y trabajadores están obligados a usar la mascarilla. Durante los periodos de alta transmisión comunitaria se recomendará a los trabajadores de los centros residenciales el uso de mascarillas FFP2.

En caso de brote en el centro residencial (se considera brote cuando haya un caso), su uso será obligatorio para los residentes que hayan sido contactos estrechos hasta la finalización del estudio de brote correspondiente.

Pruebas diagnósticas
La nueva orden cambia el protocolo relativo a la realización de pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA), en la que se prioriza la relación de la PCR sobre el test de antígenos. Así, se recomienda, “mientras dure la pandemia”, una PDIA (si es PCR, a las 48 horas previas, y si es un test de antígenos, a las 24 horas previas), antes del ingreso de nuevas personas residentes y usuarios y de la incorporación de nuevos trabajadores, así como en personas hospitalizadas por motivo diferente a una infección por COVID-19, que regresan o cuyo destino al alta sea un centro residencial, y que no hayan tenido una infección confirmada en los 90 días anteriores.

También se recomienda realizar una PDIA en situación de alta transmisión comunitaria, al retorno de residentes, tras los periodos vacacionales y otras ausencias prolongadas (superior a siete días), y al retorno de personas trabajadoras, vacunados y no vacunados, tras los periodos vacacionales y otras ausencias prolongadas (superiores a siete días).
Además, se recomienda la realización de PDIA de cribado cada dos semanas a todos los trabajadores. En situación de alta transmisión comunitaria, se aconseja aumentar la periodicidad de la PDIA a una prueba semanal a todos los trabajadores vacunados y a dos pruebas semanales a los no vacunados o con vacunación incompleta (si no tienen la tercera dosis).

Nuevos ingresos
A los nuevos ingresos que no estén vacunados o no tengan la pauta de vacunación adecuada (que incluye la tercera dosis) se les garantizará el acceso, siempre que sea posible, a la vacunación con la anterioridad suficiente. Si el ingreso en el centro residencial se produce sin que la persona haya sido vacunada con anterioridad, se promocionará la vacunación y se programará de forma inmediata si procede, extremándose las medidas de precaución hasta completar la pauta de la misma.

Los nuevos ingresos se harán, preferiblemente, en centros que no cuenten con un brote activo. Al ingreso y regreso de residentes se mantendrá una vigilancia activa de síntomas durante 10 días y se extremarán las medidas de prevención.

Brotes
La detección de una sola persona contagiada del COVID-19 en estas instituciones, se considerará un brote. Cuando esto ocurra, se protegerá de forma especial a los residentes no vacunados, si fuera posible situándolos en habitaciones individuales. Los residentes con COVID-19 sin criterios de hospitalización y tratados en la residencia mantendrán aislamiento durante siete días desde el inicio de síntomas, pudiendo levantarse si en el momento de finalización de este periodo la persona está asintomática y han transcurrido al menos tres días tras la resolución de los síntomas.

Los usuarios que han requerido ingreso hospitalario podrán recibir el alta hospitalaria si su situación clínica lo permite, independientemente de los resultados de PDIA. No será preciso mantener el aislamiento si ha transcurrido un mínimo de siete días desde el inicio y llevan tres días sin síntomas o está disponible la PCR negativa previa al alta solicitada durante la hospitalización. Si fuera necesario mantener aislamiento en el centro, en casos de enfermedad grave o inmunosupresión, el tiempo de aislamiento se valorará al alta en función del curso clínico, pudiéndose levantar tras tres días sin síntomas y test de antígeno negativo.

Con respecto a los trabajadores, se realizarán un test de antígenos el día siete. Si el resultado es negativo, se reincorporarán a su puesto de trabajo y si el resultado de este test es positivo, se repetirá la prueba en el plazo de 24 o 48 horas.

Contactos estrechos
Se recomienda que los centros establezcan grupos estables de convivencia, a los que se les asignarán las mismas personas trabajadoras, de forma que se puedan identificar de forma rápida los contactos estrechos en caso de contagio.

Los residentes vacunados que sean contactos estrechos no precisan cuarentena y deberán llevar mascarilla. Se realizará vigilancia activa de síntomas y PDIA según estrategia nacional vigente. En el caso de residentes vacunados en situación de especial vulnerabilidad, se realizará una valoración individualizada para la realización de la cuarentena.

Los residentes no vacunados deberán realizar cuarentena siguiendo las indicaciones vigentes.

Las personas trabajadoras de centros sociosanitarios que hayan sido contacto estrecho de personas contagiadas de COVID-19 estarán exentas de la cuarentena si están vacunadas con pauta de vacunación completa y deberán utilizar equipos de protección y prevención adecuados.

Si la persona trabajadora que ha sido contacto estrecho no está vacunada, tendrá que hacer cuarentena durante siete días, siempre y cuando no desarrolle síntomas durante este periodo.

Más información en:  https://www.juntadeandalucia.es/organismos/saludyfamilias/areas/salud-vida/paginas/Nuevo_Coronavirus.html