INFORMACIÓN SOBRE EL COVID19
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Andalucía. Orden de 12 de febrero de 2021
16 febrero 2021
Normativa de Referencia:
Orden de 12 de febrero de 2021, por la que se modifica la Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Orden de 4 de diciembre de 2020, por la que se actualizan las medidas preventivas de salud pública en los centros sociosanitarios, otros centros de servicios sociales y de servicio de la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19).
Orden de 11 de enero de 2021 por la que se modifica la Orden de 4 de diciembre de 2020, por la que se actualizan las medidas preventivas de salud pública en los centros sociosanitarios, otros centros de servicios sociales y de servicio de la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19).
Orden de 4 de diciembre de 2020, por la que se actualizan las medidas preventivas de salud pública en los centros sociosanitarios, otros centros de servicios sociales y de servicio de la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus.
Orden de 29 de septiembre de 2020, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en localidades o parte de las mismas donde se haya acordado restricción a la movilidad de la población de una localidad o parte de la misma.
Orden de 22 de septiembre de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en centros sociosanitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19).
Orden de 1 de septiembre de 2020, por la que se modifica la Orden de 19 de junio de 2020, para la aplicación en la Comunidad Autónoma de Andalucía de medidas de prevención en materia de salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19.
Salidas:
Suspensión de las salidas desde el día 12 de enero de 2021 hasta la finalización del período de vacunación del grupo 1 de la primera fase del Plan de Vacunación contra la COVID-19 de la Junta de Andalucía.
Finalizada la primera etapa de vacunación frente a la COVID-19, las salidas de usuarios de centros residenciales de personas mayores y de grandes dependientes se realizarán con los siguientes requisitos:
a) Los centros residenciales de personas mayores y de grandes dependientes permitirán las salidas de los residentes siempre que hayan pasado al menos 7 días de la segunda dosis de vacuna, periodo en el que se consigue inmunidad suficiente para la protección de las personas vacunadas frente a la COVID-19.
b) Deberán mantenerse las medidas de protección y prevención ya que en base al conocimiento científico actual, la vacunación frente a la COVID-19 ofrece protección de la enfermedad, pero no evita la infección y por tanto la capacidad de transmisión a otras personas.
c) Se suspenden las salidas en el caso de un nivel de alerta 4 grado 2 del municipio donde se encuentre ubicado el centro residencial, o del municipio en que resida el familiar.
Visitas:
Suspensión de las salidas desde el día 12 de enero de 2021 hasta la finalización del período de vacunación del grupo 1 de la primera fase del Plan de Vacunación contra la COVID-19 de la Junta de Andalucía.
Para paliar los efectos negativos acumulados de esta suspensión, en el marco del Plan de Humanización del centro residencial se potenciarán las actividades grupales dentro del mismo en grupos estables de convivencia y se intensificará la comunicación diaria con la familia mediante medios telemáticos, como teléfono, videoconferencias y otros disponibles.
Finalizada la primera etapa de vacunación frente a la COVID-19, las visitas en centros residenciales de personas mayores y de grandes dependientes se realizarán con los siguientes requisitos:
a) Los centros residenciales de personas mayores y de grandes dependientes permitirán las visitas de los familiares, siempre que hayan pasado al menos 7 días de la segunda dosis de vacuna, periodo en el que se consigue inmunidad suficiente para la protección de las personas vacunadas frente a la COVID-19.
b) Deberán mantenerse las medidas de protección y prevención ya que, en base al conocimiento científico actual, la vacunación frente a la COVID-19 ofrece protección de la enfermedad, pero no evita la infección y por tanto la capacidad de transmisión a otras personas.
c) Se suspenden las visitas en el caso de un nivel de alerta 4 grado 2 del municipio donde se encuentre ubicado el centro residencial, o del municipio en que resida el familiar.
d) No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, se permitirá siempre la visita de familiares en el supuesto de residentes que se encuentren en su etapa final de la vida.
Pruebas PCR e Ingresos:
Los nuevos ingresos en centros residenciales se producirán en aquellos que no cuenten con casos positivos tras 14 días desde la fecha de levantamiento del aislamiento del último caso en residentes.
En los casos confirmados que sean residentes en centros residenciales que no cumplan criterios de hospitalización y sean tratados en la residencia, el aislamiento se mantendrá hasta transcurridos tres días desde la resolución de la fiebre y del cuadro clínico, con un mínimo de 14 días desde el inicio de los síntomas.
Los casos que han requerido ingreso hospitalario podrán recibir el alta hospitalaria si su situación clínica lo permite, aunque la PCR siga siendo positiva, pero se deberá mantener aislamiento con monitorización de su situación clínica 20 días desde el inicio de síntomas.
A partir de estos 20 días, siempre bajo criterio clínico, se podrá finalizar el aislamiento si han transcurrido 3 días desde la resolución de la fiebre y el cuadro clínico.
No será preciso aislamiento si está disponible PCR negativa o serología con IgG positiva solicitados durante la hospitalización.
Si el caso positivo es un trabajador, el tiempo comenzará a contar desde que el trabajador ha dejado de acudir al centro residencial hasta completar los 14 días, y siempre que se haya completado el estudio de contactos del caso.
Si con relación al trabajador se identifica una exposición de alto riesgo ajena al centro al que atribuir el origen de la infección y no genera contactos estrechos en el centro residencial, no se considerará como caso del mismo. Los contactos estrechos son aquellos que hayan estado en el mismo lugar que un caso confirmado, a una distancia menor de 1,5 metros y durante más de 15 minutos, sin usar las medidas de protección adecuadas (mascarillas y otros).
En el supuesto de personas usuarias que voluntariamente hayan regresado a su domicilio habitual y retornen al centro residencial, se aplicarán las mismas condiciones exigidas a las personas de nuevo ingreso. Se realizará una PDIA a toda persona que ingrese por primera vez y al residente que regrese tras un periodo prolongado fuera del centro en las 72 horas previas a su ingreso, entendiéndose a estos efectos periodo prolongado a más de 4 días.
Será responsabilidad de la dirección de los centros la comunicación de esta medida a los residentes.
Se realizará PDIA a todas las personas ingresadas en hospital por motivo diferente a una infección por COVID-19, cuyo destino al alta sea un centro sociosanitario, independientemente de los días de ingreso, en las 72 horas previas a su traslado al centro residencial. En ningún caso podrá procederse al alta hospitalaria, si no se tienen los resultados de la PCR.
Los pacientes que reciban el alta hospitalaria con resultados analíticos PCR negativos, deberán permanecer en cuarentena durante 10 días, entendida ésta como la separación y restricción de movimientos aplicada a una persona que está asintomática y que puede haber estado en contacto con una fuente de infección y vigilancia activa de los síntomas.
Los pacientes que reciban el alta hospitalaria con resultados analíticos PCR positivo, no podrán trasladarse a un centro sociosanitario libre de brotes.
En cualquier caso, si el paciente tiene un resultado a una prueba serológica positiva para IgG se considerará infección resuelta, independientemente del resultado de la PCR.
Las personas dadas de alta por motivo diferente a la infección por COVID-19 y con resultados analíticos PCR negativo regresarán, siempre que sea posible y de manera temporal, a un centro residencial sin casos de infección COVID-19, si en el centro de origen se ha declarado un brote y permanece activo.
Los centros residenciales y todos aquellos otros centros de carácter sociosanitario asimilados que cuenten con profesionales sanitarios de medicina o enfermería, realizarán la toma de muestras para la práctica de las PDIAs, tanto de residentes y usuarios como de trabajadores del centro, previa capacitación por parte de profesionales sanitarios del Sistema Sanitario Público, que, a su vez, definirá el circuito de envío de las mismas.
En el caso de los centros residenciales y todos aquellos otros centros de carácter sociosanitario asimilados que no cuenten con profesionales sanitarios de medicina o enfermería, la prueba será realizada por profesionales del Sistema Sanitario Público.
Se utilizarán test serológicos para las personas con discapacidad en que se tenga una alta dificultad en la extracción nasofaríngea de la muestra, continuándose con el procedimiento de diagnóstico en función de los resultados del test serológico.
Todo nuevo ingreso o regreso deberá realizar cuarentena durante 14 días, durante los cuales se realizará vigilancia activa de síntomas por parte del personal del centro.
Para conseguir un adecuado nivel de inmunidad colectiva, en aquellos centros residenciales de personas mayores y grandes dependientes con brotes activos de infección COVID-19, los profesionales sanitarios referentes de los mismos realizarán una valoración individualizada de los residentes y de los trabajadores para proceder a establecer las personas con indicación de vacuna.
Más información en: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/saludyfamilias/areas/salud-vida/paginas/Nuevo_Coronavirus.html